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Diferencia entre residencia y ciudadanía Consejos para la entrevista para la residencia
Requisito de solicitar la residencia Tipos de residencia
Diferencia entre la residencia y la ciudadanía
Diferencia entre la residencia y la ciudadanía

La Ciudadanía es el estatus dado a un miembro legal de un país. La ciudadanía involucra derechos, obligaciones y privilegios.

La ciudadanía de USA normalmente es adquirida al nacer cuando el niño es nacido dentro del territorio de los Estados Unidos, de acuerdo a la enmienda 14 de la Constitución de Los Estados Unidos.

La Naturalización: El proceso por medio del cual un ciudadano de un país extranjero se convierte en ciudadano de Estados Unidos de América. Para más información descargue la Guía de Solicitud de la Ciudadanía de Estados Unidos.

Los Requisitos de Elegibilidad: Todos los solicitantes del proceso de naturalización deben demostrar buen carácter moral. Los otros requisitos de naturalización pueden ser modificados, o no ser exigidos para ciertos solicitantes, como los esposos (as) de Ciudadanos de EE.UU. o individuos que estén sirviendo en el Servicio Militar de los Estados Unidos.

Los Requisitos Adicionales incluyen: * Un periodo de residencia continua y presencia física en los Estados Unidos * La capacidad de leer, escribir y hablar Ingles * Buen carácter moral * Conocimiento de los principios de la Constitución de los EE.UU. * Disposición favorable hacia los Estados Unidos * Aprobar el Examen de Ciudadanía de USA

Consejos para la entrevista de residente

Requisitos de Elegibilidad

 Todos los solicitantes del proceso de naturalización deben demostrar buen carácter moral. Los otros requisitos de naturalización pueden ser modificados, o no ser exigidos para ciertos solicitantes, como los esposos (as) de Ciudadanos de EE.UU. o individuos que estén sirviendo en el Servicio Militar de los Estados Unidos.

 

Requisitos Adicionales

  *Un periodo de residencia continua y presencia física en los Estados Unidos, *La capacidad de leer, escribir y hablar Ingles, *Buen carácter moral *Conocimiento de los principios de la Constitución de los EE.UU., *Disposición favorable hacia los Estados Unidos, *Aprobar el Examen de Ciudadanía de USA

 

Otras maneras para obtener la residencia permanente de los Estados Unidos

1. Siendo familiar de un ciudadano norteamericano, o residente permanente. 2. Trabajando legalmente para una compañía en Los Estados Unidos. 3. Solicitando asilo político. 4. Invirtiendo en Norte América.

Requisito de solicitar la residencia

Usted puede reunir condiciones de elegibilidad para solicitar el es estado de residencia permanente sí se encuentra en los EEUU y:

•A usted ya se le ha sido aprobado para una solicitud de visa de inmigrante. Estas solicitudes, por lo general, son completadas por algún pariente o empleador. Usted también debe tener un número de visa provisto por el Departamento de Estado. La cantidad de números de visa son limitados por ley cada año. Esto quiere decir que aun sí el INS aprueba su solicitud de visa de inmigrante, puede ser que usted no obtenga un número de visa en forma inmediata. En algunos casos, son varios los años que pueden transcurrir entre el día en que el INS apruebe su solicitud de visa y el día en que el Departamento de Estado le otorgue un número de visa. Para más información referente a números de visa favor ver Cómo Obtener Un Número de Visa de Inmigrante.


•Para ciertas categorías de individuos no existen límites anuales de visas de inmigrante. Su número de visa sele puede ser inmediatamente otorgado, en caso de que el INS apruebe su solicitud de visa de inmigrante Este es el caso de parientes directos de ciudadanos estadounidenses y otro tipo de inmigrantes en condición especial. Esto quiere decir que sí el INS aprueba su solicitud para adquirir su status de inmigrante, el Departamento de Estado le otorgará en forma inmediata un número de visa. En estos casos, usted puede solicitar por la residencia permanente al mismo tiempo en que se completa su solicitud para adquirir su estatus de inmigrante. Parientes directos de ciudadanos estadounidenses son: padres, esposo(a) e hijos no casados y menores de 21 años. (Por ejemplo, usted puede solicitar la residencia permanente al mismo tiempo que su hija, quien es ciudadana estadounidense, le completa su solicitud para que usted adquiera condición de inmigrante). Otras peticiones para inmigrantes, que se ubican bajo esta categoría especial se vinculan a solicitudes especiales de inmigración para jóvenes y para militares. Para más información acerca de números de visa para inmigrantes ver Cómo Obtener un Número de Visa de Inmigrante.


•Como afiancé usted fue admitido a los EEUU con una visa K-1 y luego contrajo matrimonio con el o la ciudadana estadounidense quien habría solicitado la visa K-1 para usted. (En caso de que usted no haya contraído matrimonio dentro del límite establecido por ley, que es de 90 días, su esposo(a) deberá completar también el formulario Form I-130 Solicitud de un Pariente Extranjero. Sus hijos menores de 21 años y no casados también son elegibles para cambiar su estatus a residente permanente.


•Usted es un asilado o refugiado quien ha residido en los EEUU por lo menos por un año después de habérsele otorgado dicho estatus.


•Usted es ciudadano cubano o nativo cubano y ha vivido en los EEUU por lo menos por un año después de haber sido inspeccionado, admitido, o liberado bajo palabra en los EEUU. Sus hijos también pueden ser elegibles.


Tipos de residencia

¿Qué es la residencia?

 El concepto de residencia en los Estados Unidos ha tenido varios significados en contextos diferentes. El estatuto proporciona una definición general de residencia para propósitos de Naturalización como el "domicilio fijo del extranjero, lugar de residencia, sin considerar el propósito del extranjero". La residencia en los Estados Unidos incluye los 50 estados, Puerto Rico, Guam, y Las Islas Virgenes de los Estados Unidos (EEUU). El tiempo establecido de residencia se considera desde el momento en que el solicitante determina una primera residencia física verdadera en los Estados Unidos. Por lo tanto, un extranjero debe establecer un lugar principal de residencia en los EEUU para acumular el tiempo necesario de residencia para la Naturalización.

Duración de la residencia bajo INA §316(a)

Después de solicitar la Residencia Permanente, el solicitante debe demostrar que ha residido continuamente en los Estados Unidos durante los últimos cinco años al momento de abrir el expediente de aplicación a la Naturalización. El solicitante puede presentar su aplicación hasta 90 días antes de alcanzar los cinco años exactos del requisito de elegibilidad. En 1994, el Congreso eliminó la exigencia de que los aspirantes a la Naturalización determinen su intención de residir permanentemente en los Estados Unidos.

Duración de la presencia física bajo INA §316(a)

El solicitante debe demostrar cinco (5) años de presencia física en los Estados Unidos ó 30 meses de aquellos cinco años (p. ej., 2 años y medio de presencia física en los EEUU). Para cumplir la exigencia de residencia continua la ley no requiere que el aspirante permanezca físicamente presente en los Estados Unidos durante todo el período reglamentario, solamente debe cumplir con los cinco (5) años de presencia física en el país o 30 meses de aquellos cinco años.

Definición de continuidad e interrumción de la residencia: continuidad de residencia bajo INA §316(a)

La acumulación del tiempo de residencia del solicitante comienza después de que él o ella haya obtenido la Residencia Permanente Legal y haya establecido una residencia física y real en los Estados Unidos. A partir de entonces, el tiempo de residencia se acumula hasta alcanzar el período reglamentario requerido para solicitar la Naturalización. El solicitante puede viajar al extranjero por negocios o placer siempre que la ausencia no cause una interrupción de residencia. Una ausencia que interrumpa la residencia continua "pone a cero o reinicia" el tiempo de residencia del solicitante. Regresando al principio y obligandole a comenzar de nuevo la acumulación de tiempo necesaria para tener derecho a la Naturalización

 

 
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